Guía Número 10 - Sistemas de Información Geográfica (GIS)

Comité del Gobernador Sobre Sistemas de Información - Carta Circular 96-01
Guía Número 10 - Sistemas de Información Geográfica (GIS)
Efectividad: 30 de junio de 1997

SISTEMA INTERAGENCIAL DE
INFORMACION GEOGRAFICA (GIS)
I. BASE LEGAL

La Ley Núm. 147 del 18 de junio de 1980, enmendada por la Ley Núm. 110 del 3 de agosto de 1995, y la Ley Núm. 5 del 14 de octubre de 1975, enmendada.
II. OBJETIVOS

Descripción:

El Sistema Geográfico de Información, conocido por sus siglas en inglés GIS (Geographical Information System), integra información cartográfica y de referencia en una misma base de datos para llevar a cabo más efectivamente los procesos de planificación, administración y desarrollo del Gobierno de Puerto Rico y mantiene actualizado en forma digital el mapa de la isla, incluyendo información de infraestructura y datos de interés para los sectores públicos y privados.

Se espera desarrollar un sistema interagencial integrado, estructurado sobre una red de telecomunicaciones de alta velocidad. El sistema mantendrá disponible para uso de los participantes los datos cartográficos, en formato relacional, que permitan su regeneración en el sistema receptor, incluyendo datos sobre atributos con sus georeferencias.

Los sistemas de cada agencia operarán como sistemas independientes con sus servidores propios, base de datos y aplicaciones especializadas. La información especializada contenida en estos sistemas independientes, que no sea considerada como confidencial o altamente sensitiva, está disponible para exportación a otros participantes autorizados vía una red interagencial, equipada con los controles necesarios para asegurar la integridad de dichas bases de datos agenciales.

Los servicios interagenciales mantendrán bases de datos SQL enlazadas al sistema geográfico central como medio principal de integración de información cartográfica y la de atributos, y servirán como "front-ends" a otros sistemas participantes, facilitando el intercambio de datos entre agencias. Los datos se mantendrán en una base común geográfica digital en la Junta de Planificación para acceso de los participantes.
A. Propósito:

1. Establecer la política gubernamental que garantice los parámetros que permitan mantener los datos de las agencias del gobierno en una base geográfica común.

2. Proveer los controles para el intercambio de datos entre agencias.

3 Desarrollar los controles para garantizar la confidencialidad de la data.

4. Establecer los parámetros para mantenimiento de la data.
B. Alcance:
Mantener al día los datos del Repositorio Central y permitir acceso de la información no confidencial a las agencias del Gobierno de Puerto Rico.
III. DECLARACION DE POLITICA PUBLICA

Como política pública el Gobierno de Puerto Rico dispone la mejor utilización y eficiencia de los sistemas de información. A esos efectos, se emiten las siguientes guías para el desarrollo y mantenimiento de Sistemas de Información Geográficos.
A. Aspecto legal:

La Junta de Planificación Custodio de la Información por Ley - (Ley Orgánica de la Junta de Planificación, Ley Núm. 75 del 24 de junio de 1975, enmendada).
B. Aspectos generales:

1. Cada agencia que desarrolle un sistema de información geográfica será responsable de:
  • Mantenimiento de los niveles de información y bases de datos de sus respectivas agencias.
  • Someter información en formato digital al servidor central (Junta de Planificación) periódicamente para actualizar las bases de datos.
2. Las agencias de infraestructura que intervienen con líneas soterradas (Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Autoridad de Acuerductos y Alcantarillados (AAA) y la Autoridad de Teléfonos (AT)) someterán data de planos "as built"de líneas soterradas en formas digital a la Junta de Planificación para ser incluidos en el GIS.
3. La Junta de Planificación como Repositorio Central será responsable de:
  • Desarrollo y mantenimiento del Repositorio Central.
  • Administración general del Sistema Geográfico y mantenimiento del Diccionario Central de Datos.
  • Desarrollo y mantenimiento de bases de datos censales.
  • Desarrollo y mantenimiento de Mapas Base 1:20,000.
  • Desarrollo y mantenimiento de las Bases de Datos Demográficos y Socioeconómicos.
  • Desarrollo y mantenimiento de datos de zonificación.
  • Mantenimiento de datos de líneas soterradas de Agencias de Infraestructura y Privadas.
  • Desarrollo y mantenimiento de variables físicas para el desarrollo de Puerto Rico.
  • Proveer acceso a dependencias sin GIS y el desarrollo de sus niveles de información.
4. Definición de Mapa Base:
  • Mapa base 1:20,000 - USGS TOPOQUAD'S NAD27 State Plane Coordinates System
  • Catastro - NAD83 State Plan Coordinates System "Nueva Red de Triangulación para Puerto Rico"
5. Especificaciones de Software

Cada agencia hará su propia selección del software a utilizar de acuerdo a las necesidades particulares. Este software debe
garantizar:
  • Integración de la data a nivel interagencial.
  • Ser compatible con los estándares federales.
  • VPF - Vector Product Format (Estándar Agencia Federal Defensa)
  • SDTS - Spatial Data Transfer Standard (Federal Information Processing Standard - FIPS 173)
  • Guardar compatibilidad con el GIS de la Junta de Planificación.
6. Seguridad
La Junta de Planificación como Repositorio Central será responsable de implantar los controles necesarios para mantener la confidencialidad e integridad de la data. Estos controles van dirigidos a asegurar a las Agencias la integridad de su data y el prevenir la corrupción de los archivos.